Condiciones generales de alquiler

Estas condiciones generales forman parte del contrato de alquiler de vehículos que tiene lugar entre Joly Motor S.L., (en adelante, el arrendador) y el cliente (en adelante, el arrendatario). Acuerdos adicionales o que difieran de los aquí especificados quedan reservados siempre y cuando se lleven a cabo por escrito.

1. Edad de mínima y antigüedad del Canet conducir.
La edad mínima para alquilar un vehículo es de 28 años. Asimismo la antigüedad del carnet de conducir debe ser de tres años como mínimo.

2. Alquiler
a) El objeto del contrato para el arrendatario es únicamente la cesión temporal del vehículo reservado. Los vehículos están autorizadas como vehículos de alquiler sin conductor.

b) Todas las tarifas se entienden con 250 kilómetros diarios incluidos, siendo especificado en la web. el precio por cada kilómetro adicional, se incluye seguro de responsabilidad civil así como un seguro a todo riesgo con una franquicia especificada en nuestra web y factura, . Los gastos de combustible no están incluidos.

c) El importe de la franquicia del seguro a todo riesgo debe abonarse en efectivo o mediante tarjeta de crédito (Euro-/Mastercard, VISA, no se aceptará American Express) en concepto de fianza por el vehículo debe hacerse la entrega del mismo d) En caso de devolución del vehículo antes del plazo estipulado el importe acordado en el contrato habrá de ser abonado igualmente en su totalidad.

3. Obligaciones del arrendatario
El arrendatario tiene la obligación de tratar el vehículo con cuidado y la debida diligencia, ha de atender en especial las normativas técnicas, las instrucciones para el manejo y garantizar en todo momento la seguridad vial. El arrendatario debe revisar regularmente tanto el aceite, el agua , la presión de los neumáticos. El arrendatario debe atenerse a las normativas legales de circulación. Es responsable de los pagos administrativos, multas y sanciones que tengan su origen en el uso del vehículo. Al arrendatario le queda expresamente prohibido: a) permitir el uso del vehículo a otros conductores distintos a los autorizados en el contrato b) permitir la conducción del vehículo a un conductor autorizado si a éste se le hubiera retirado el carnet de conducir, si no dispusiera de un carnet vigente o si no estuviese en condiciones de conducir.c) usar el vehículo en el caso de que a él mismo se le hubiese retirado el carnet o si no estuviese en posesión de un carnet vigente. d) usar el vehículo si ésta no estuviera en condiciones de ser usado. e) tomar parte en cualquier acto deportivo (carreras, concursos, espectáculos) o bien utilizar el vehículo para los respectivos entrenamientos;usar lo fuera de carreteras pavimentadas o en playas. f) manipular el cuentakilómetros. Cualquier avería del mismo debe ser comunicada inmediatamente al arrendador. g) hipotecar, vender o disponer de cualquier otro modo sobre el vehículo, sus componentes, equipamiento, accesorios y documentos de modo que el arrendador se viera perjudicado en su derecho de propietario o en cualquier otro derecho que le corresponda. h) estacionar el vehículo en condiciones que lo protejan ante posibles robos. i) el vehículo objeto del arrendamiento no podrá ser sacado del territorio de soberanía de España peninsular. Cuando se desee sacar el vehículo fuera de dicho territorio de notificarse previamente al arrendador y deberá ser autorizado por escrito.

4. Obligaciones y responsabilidades del arrendador.
El arrendador entrega el vehículo en perfectas condiciones, limpio, funcionando, en estado apto para la circulación. El arrendatario recibe además los papeles del vehículo. Los desperfectos serán únicamente asumidos por el arrendador cuando se hayan especificado por escrito en el contrato durante la entrega. Si durante el periodo contratado fuese preciso llevar a cabo alguna reparación para garantizar el correcto funcionamiento o la seguridad vial del vehículo y, siempre y cuando, el desperfecto no estuviera causado por el arrendatario, el arrendatario podrá encargar a un taller oficial del fabricante hasta un importe máximo de 100,00 €, debiendo entregarle al arrendador los originales de las facturas correspondientes a las reparaciones. Si los costes de la reparación superasen los 100,00 € será necesario pedir la autorización previa del arrendador antes de encargar dichas reparaciones. Los daños de neumáticos han de ser asumidos por el arrendatario. Independientemente de los motivos legales el arrendatario no dispone de derechos adicionales salvo que el daño sufrido por éste hubiera sido causado intencionadamente o por motivos de gran negligencia por parte del arrendador. Si se alquila un vehículo de transporte y la actividad que se va a desempeñar es un SERVICIO PÚBLICO, la empresa o el autónomo que lo arrienda estarán obligados a pedir la tarjeta de transporte para el vehículo alquilado. El incumplimiento de dicha obligación hará que el arrendatario sea responsable de cualquier sanción o multa.

5. Responsabilidad del arrendatario ante daños.
El arrendatario es responsable desde el momento que se le entrega el vehículo hasta que la devuelve de todos los daños sufridos por la misma (también en casos de negligencia leve) tales como accidentes, fallos en el funcionamiento, daños debido a un trato indebido o que disminuyan el valor del objeto (incluido si desapareciese o si fuese confiscada) que tengan lugar más allá del desgaste normal del vehículo durante el tiempo arrendado. En el caso de que el vehículo objeto del contrato sufriese daños, el arrendatario sería responsable de los gastos de reparación, de recuperación, repatriación, disminución del valor técnico, económico y de la imposibilidad de alquilar el vehículo durante el tiempo de reparación o, en caso de siniestro total, hasta que se sustituya. Esto dentro de un margen de gastos que efectivamente tenga lugar o que sean certificadas mediante correspondiente peritaje. Si el vehículo no se pudiese alquilar se habría de abonar una tasa diaria correspondiente al alquiler de un día. El arrendatario tendrá el derecho de demostrar que el daño ha sido inferior. El arrendatario es además responsable de los accesorios que haya alquilado adicionalmente.

6. Actuación en caso de accidente u otros daños.
En el caso de cualquier daño, también en el caso de daños y accidentes en los que no estén envueltos terceros, el arrendatario está obligado a comunicar los sucesos inmediatamente por teléfono al arrendador. Los servicios de grúa y/o de reparación solo se podrán solicitar con la autorización previa del arrendador. En caso de accidente, el arrendatario está obligado a hacer un parte amistoso del accidente y a comunicarlo al arrendador en un plazo que no supere las 24 horas. Si se producen dificultades a la hora de determinar la culpabilidad, rogamos llamen a las AUTORIDADES COMPETENTES (091) o a EMERGENCIAS (112) para esclarecer los hechos. El arrendatario será responsable de cualquier accidente o uso indebido en los días en los que el vehículo esté inmovilizado, siempre y cuando él sea el culpable de lo ocurrido. En cualquier accidente es necesario contactar a la policía. Hay que recoger pruebas, anotar los datos de los envueltos así como hacer todo lo que pueda contribuir a la correcta y completa aclaración del suceso.

7. Seguro
a) El vehículo tiene concertado un seguro global de responsabilidad civil que cubre los daños causados a personas, cosas o bienes.
b) El vehículo que alquila el arrendador están asegurados contra daños, robo y fuego. El arrendatario debe dejar una fianza por cuantía especificada en factura y web pagada en efectivo o mediante tarjeta de crédito en el momento de recibir el vehículo. Este importe le será devuelto íntegramente tan pronto como haya entregado la moto al arrendador sin ningún tipo de daños. Cada daño sufrido por el vehículo será imputado del importe de la fianza de acuerdo a la cuantía que le corresponda al arrendatario.
Se le recuerda de nuevo al arrendatario explícitamente que a pesar de disponer de un seguro a todo riesgo habrá de responder por los daños causados en los siguientes casos si él o la persona que figure con él en el contrato:
a) no atendiesen a las obligaciones detalladas en el apartado 4.
b) si, siendo responsable del mismo, abandonase el lugar del accidente.
c) si ocasiona daños intencionadamente o con gran negligencia.
d) si sobrepasa el plazo de alquiler en contra de lo estipulado en el contrato.

8. Devolución del vehículo
El arrendatario ha de devolver el vehículo al finalizar el plazo en el sitio, la fecha y la hora estipulados junto con todos los papeles del vehículo, se devolverá con el tanque de gasolina lleno, limpio, en perfecto estado, sin defectos, las llaves, herramientas y accesorios, todo ello en el mismo buen estado en que lo recibió.
Si faltara Gasolina se cargará el importe del llenado del depósito , más 15 euros del servicio.
Perdida de las herramientas, 25 euros.
Perdida de las llaves 500 euros .
Perdida de la documentación del vehículo 400 euros.
Si el vehículo estuviese sucio el arrendatario habrá de asumir los gastos de limpieza valorados en 20 euros,
Si la tapìceria estuviese sucia 50 euros.
Gestión de comunicaciones DGT y Multas 25 euros por notificación.
Si el vehículo se entregase con más de dos horas de retraso, el arrendatario estará obligado a pagar como indemnización el alquiler de un día entero.
El arrendador puede cancelar el contrato de alquiler sin previo aviso si existe un motivo importante que haga irrazonable la continuación de dicho contrato. Se considerarán motivos importantes en especial si el arrendatario hubiese indicado datos erróneos en cuanto a su persona, su solvencia o si hubiese infringido gravemente las obligaciones contractuales. En el caso de cancelar el contrato el vehículo objeto del mismo habrá de ser devuelta inmediatamente incluso antes de vencer el plazo estipulado. Los derechos de indemnización del arrendador no se ven afectados por ello.

9. Disposiciones finales.
El presente contrato no dispone de acuerdos adicionales o complementos. Todos los acuerdos contractuales deben tener lugar por escrito. Lo mismo vale para una anulación de esta cláusula. En el caso de que una de las disposiciones del presente contrato no fuese total o parcialmente válida esto no afectará a la vigencia de las restantes. Las partes deben sustituir las disposiciones no válidas por normas que se aproximen lo más posible a la finalidad económica de las no vigentes.

10. Jurisdicción
Con renuncia al fuero judicial que les pudiera corresponder, ambas partes acuerdan expresamente que, cualquier cuestión dimanante de la relación contractual que las une, se dirima en los Tribunales de Ibi Alicante.

 

Condiciones comerciales generales.
Las presentes condiciones comerciales generales son la base del contrato de alquiler entre Joly Motor S.L. (en adelante, el arrendador) y el arrendatario. Conciernen al alquiler de vehículos

1. Contratación.
El arrendatario puede reservar el vehículo deseado tanto presencialmente como por internet en www.jolyrent.com Tras ello recibirá e-mail por parte del arrendador con una confirmación de su reserva.

RESERVA Y PAGO Todas las reservas requieren una tarjeta de crédito VISA o Mastercard en perfecta validez y con crédito suficiente. Después de la confirmación del servicio, se cargará a la tarjeta de crédito facilitada la cantidad acordada y conocida por ambas partes. .

GARANTÍA DE DISPONIBILIDAD Después del pago de la reserva, el arrendatario recibirá una confirmación vía e-mail. Esta es la garantía de disponibilidad de la moto reservada. Joly Motor S.L. se reserva el derecho de sustituir el vehículo elegido para el alquiler en cualquier momento, siempre que sea debido a circunstancias que no podían preverse. Joly Motor S.L.. procurará asegurar que el arrendatario conducirá el vehículo que le ha sido confirmado. Desafortunadamente, algunas veces algunas situaciones imprevisibles e incontrolables ocurren. Esto incluye, aunque no se limita, a averías mecánicas, daños por colisión, y robo. Si Joly Motor S.L. no fuera capaz de reemplazar el vehículo confirmado por una igual o similar, se le reembolsará al cliente la cantidad que diferencie al servicio. Esto constituye la máxima responsabilidad de Joly Motor S.L. Aunque el vehículo sea devuelto por el arrendatario antes de que el periodo de alquiler haya finalizado, se cobrará la cantidad total acordada en el contrato.

2. CANCELACIONES

A) Si la cancelación por parte de arrendatario se realiza entre 30 y 15 días, el 50% del pago total del alquiler será reembolsado. Si se realiza con menos de 15 días de antelación, no se efectuará ningún tipo de reembolso.

B) Si la Cancelación del contrato por parte del arrendador Si por motivos que se escapan al ámbito de influencia del arrendador (fuerza mayor, huelgas, atentados terroristas, catástrofes, etc.) deba cancelarse una reserva ya confirmada se le devolverá el importe íntegro al arrendatario de los pagos que ya haya efectuado. No se podrán exigir mayores responsabilidades. Aparte, el arrendador podrá cancelar el contrato de inmediato si una o varias de las obligaciones especificadas en las cláusulas no se cumpliesen por parte del arrendatario o si actuase en su contra. Consecuentemente el vehículo objeto del contrato se pondrá a buen recaudo y no tendrá lugar ningún tipo de devolución de los importes abonados por el arrendamiento.

3. Atención a las normativas
El arrendatario tiene la responsabilidad de cumplir con las respectivas normas de tráfico. Cada arrendatario asume su propio riesgo al conducir y es responsable en el marco de la responsabilidad civil legal de los daños que pueda ocasionar a los que viajen con él o a otros usuarios de la carretera.

4. Pasaporte, Visa, reglamentos sobre salud y permiso de conducción
El arrendatario es responsable él mismo de cumplir con la normativa vigente española o autonómica en relación a pasaporte, Visa, salud y permiso de conducción así como en lo concerniente a la atención de las normas viales. Si el arrendatario no pudiese tomar el vehículo reservado o tuviese que devolverla antes de tiempo por no haber tenido en cuenta dichas normativas el arrendador estaría libre de toda responsabilidad y no tendría la obligación de devolver los importes que se hubieran abonado.

5. Responsabilidad
El arrendador asume la responsabilidad en el marco de su obligación de esmerarse como buen comerciante de cuidar y atender el estado técnico de los vehículos a conciencia. Las responsabilidades que pueda asumir estarán limitadas a la cuantía del alquiler. Si durante el periodo alquilado se averiase un vehículo el arrendador hará todo lo posible por obtener otra que lo sustituyo, sin embargo, no está obligado al respecto.

6. Reclamaciones
El arrendatario tiene la obligación de comunicar inmediatamente al arrendador posibles daños o fallos de prestación en el vehículo arrendado. Aparte habrá de hacer todo lo razonable para mantener estos lo más leves posible.

7. Jurisdicción
Con renuncia al fuero judicial que les pudiera corresponder, ambas partes acuerdan expresamente que, cualquier cuestión dimanante de la relación contractual que las une, se dirima en los Tribunales de Ibi, Alicante.

8. Disposiciones finales
Todos los acuerdos deberán llevarse a cabo por escrito. Lo mismo vale para una anulación de esta cláusula. En el caso de que una de las disposiciones del presente contrato no fuese total o parcialmente válida esto no afectará a la vigencia de las restantes. Las partes deben sustituir las disposiciones no válidas por normas que se aproximen lo más posible a la finalidad económica de las no vigentes.

El Arrendatario acepta plena responsabilidad por TODOS los daños que sufra el vehículo y que abonará el coste total para cubrir cualesquiera que fueran los daños. Acepta plena responsabilidad por el robo del vehículo o cualquiera de sus componentes NO IMPORTA BAJO QUE CIRCUNSTANCIAS y abonará el coste total de los mismos. Sin embargo, si la opción de seguro a todo riesgo del vehículo es tomada, la responsabilidad del arrendatario por el robo del mismo y/o por los daños ocasionados en él, queda limitada al importe colocado en el contrato en concepto de FRANQUICIA, el cual, será la cantidad máxima que el arrendatario tiene que pagar al arrendador en caso de siniestro.No podrá efectuar NINGUNA reclamación de cualquier tipo, contra el arrendador, sus empleados, o sus compañías aseguradoras, a causa de los daños físicos o mentales que pudiera sufrir como consecuencia del uso del vehículo.El arrendatario declara y acepta que será plenamente responsable de los daños y desperfectos que pueda causar en el vehículo imputable tanto a él como a terceros, causados por la violación de las normas contenidas en el presente contrato, así como la violación de las  condiciones contenidas en las respectivas pólizas de seguro.

 

Joly Motor S.L. CIF B10777274 Calle les Eres nº59 – 03440 IBI (Alicante)